La presidenta Laura Fernández reactivó el proyecto de Ley para Autorizar la Defensa Legal de las Personas Funcionarias Públicas por el Ejercicio de sus Funciones (expediente 23.958), una iniciativa que permitiría a las instituciones públicas financiar la defensa legal de funcionarios denunciados por actuaciones vinculadas con sus cargos.
El documento propone que la institución, junto a la persona funcionaria acusada, podrá decidir si la mejor alternativa es la representación legal por parte de la Procuraduría General de la República, de la Defensa Pública del Poder Judicial o por medio de la representación institucional o contratación externa de acuerdo con la normativa aplicable al efecto.
Aunque el texto no establece montos, un intento previo del Poder Ejecutivo en 2025 de contratar una póliza similar solo para presidente, ministros y viceministros tenía un costo anual de ¢248 millones.
Países como Colombia y España cuentan con pólizas de responsabilidad civil que incluyen gastos de defensa para servidores públicos, aunque en ninguno de los dos casos se configura un derecho general a que el Estado pague un seguro de defensa penal personal para todos sus trabajadores. En el caso de Colombia, la póliza para servidores públicos aplica para cargos de alta responsabilidad, directivos y mandos medios.
Por ahora, el expediente 23.958 —presentado en la administración anterior por el entonces diputado del Partido Unidad Social Cristiana Horacio Alvarado— permanece a la espera de discusión en la Asamblea Legislativa.
La iniciativa contempla la posibilidad de firmar convenios entre instituciones para brindar representación legal, pero delega en cada entidad interesada la elaboración de sus propios reglamentos para poner en marcha el mecanismo.

¿Quién y cómo podría utilizar el beneficio?
El proyecto de ley no detalla el perfil del puesto que podría tener acceso al financiamiento de la defensa a través del Estado, lo que deja el portillo abierto para que todos los funcionarios públicos tengan acceso a ese derecho en caso de que sean denunciados por actos realizados en el ejercicio de su cargo.
No obstante, el respaldo no sería automático. La posición de la institución y la valoración que haga sobre cada caso se convierten en elementos determinantes para decidir si procede asumir el costo de la defensa.
Entre los criterios que deberán analizarse figura la valoración institucional sobre si la conducta investigada ocurrió en el marco del ejercicio funcional de la persona servidora pública. Este requisito no aplicaría cuando sea la propia institución la que presente la denuncia por un aparente acto ilícito o cuando exista un conflicto de interés.
Además, la entidad deberá considerar si asumir la defensa podría evitar futuros perjuicios económicos o institucionales. Según el texto, la contratación de una defensa profesional financiada por la institución podría justificarse cuando contribuya a prevenir daños mayores para la administración pública.
El proyecto también establece salvaguardas para recuperar los recursos invertidos. Si el funcionario defendido con fondos públicos recibe una condena firme o se acoge a una salida alterna dentro del proceso judicial, la administración deberá garantizar el reintegro de los gastos mediante mecanismos como garantías, pagos fraccionados, cauciones u otros instrumentos legales.
Si el proceso concluye con el reconocimiento de costas personales a favor del funcionario defendido, ese dinero no quedará en manos del beneficiario, sino que deberá ser girado a la institución que costeó la representación legal.
La iniciativa añade que la asistencia solo podrá otorgarse cuando exista una valoración técnica y financiera favorable, además de cualquier otro requisito que cada administración pública considere pertinente incorporar.
Adicionalmente, el proyecto autoriza la firma de convenios entre instituciones para compartir servicios de representación legal y permite establecer acuerdos con universidades públicas y privadas, así como con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, para fortalecer la especialización penal de los profesionales que laboran en el sector público.

El costo
El expediente señala que los gastos derivados de la defensa legal deberán financiarse exclusivamente con recursos propios de cada institución. Para ello, los montos tendrán que estar debidamente contemplados en los presupuestos institucionales o incorporarse mediante las modificaciones presupuestarias que permita la legislación vigente.
La propuesta también abre la puerta a que las entidades públicas contraten pólizas colectivas destinadas a cubrir eventuales gastos de defensa cuando se cumplan las condiciones establecidas para activar esa protección.
Sin embargo, el proyecto guarda silencio sobre dos aspectos clave: cuánto dinero podrían destinar las instituciones a estas pólizas y cuál sería el costo total que asumiría el Estado. La única referencia disponible proviene del intento realizado por el Poder Ejecutivo en 2025 para contratar una póliza del Instituto Nacional de Seguros (INS) destinada a cubrir la defensa civil del presidente, los vicepresidentes y los ministros, cuyo costo anual rondaba los ¢248 millones.
Si una póliza para apenas 22 jerarcas fue calculada en cientos de millones de colones anuales, el costo de extender mecanismos similares a un universo potencialmente integrado por miles de funcionarios sigue siendo una incógnita que el expediente no responde.
Advertencias
Precisamente ese debate ya había encendido las alarmas de la Contraloría General de la República (CGR). En 2025, el órgano contralor cuestionó la póliza promovida para proteger al entonces presidente Rodrigo Chaves y a sus ministros, al considerar que carecía de sustento jurídico y chocaba con principios esenciales del régimen de responsabilidad de la función pública.
“Cualquier cobertura financiada con fondos públicos, cuyo beneficiario directo sea el funcionario en lo personal, carece de sustento legal, pues desvirtúa el régimen de responsabilidad administrativa, según el cual cada funcionario debe responder por sus actos en el ejercicio de sus funciones”, señaló la Contraloría.
Más allá de la discusión sobre la protección jurídica de los funcionarios públicos, la principal interrogante gira en torno al costo que asumiría el Estado. El proyecto habilita a las instituciones a financiar defensas legales e incluso contratar pólizas colectivas, pero no establece límites de inversión ni estima el impacto presupuestario de una eventual aplicación masiva.
