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El reglamento general de las pequeñas y medianas tendrá cambios este año que se orientan a actualizar lo que se considera una Pyme y formaliza oficialmente varias acciones que se han venido implementando en apoyo al sector.
Uno de los principales cambios es la creación del Sistema Integrado Desarrollo Emprendedor y PYME (SIDEP) con el objetivo de “organizar la institucionalidad existente”, de tal manera que se atiendan en forma diferenciada las necesidades de las Pymes y de los emprendedores, según la institución de una forma articulada y para que se promueva la creación y consolidación de proyectos empresariales.
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) anunció que estas reformas al Reglamento General a la Ley N° 8262, de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, están en consulta pública y que las observaciones de los interesados deben realizarse mediante un archivo que se encuentra en la página de esta institución, el cual remite al correo electrónico solicitudes-juridicos@meic.go.cr.
También se puede enviar las observaciones al fax 2291-2285 o ser entregadas en forma física a la Asesoría Jurídica del MEIC, en las instalaciones ubicadas en Sabana Norte, 400 metros oeste de la Contraloría General de la República.
“Los cambios empezarán a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta”, afirmó Julio Rojas, funcionario de la dirección general de pequeña y mediana empresa del MEIC.
El funcionario explicó que la reforma tiene como fin de incorporar nuevos conceptos, redefinir funciones y readecuar los mecanismos existentes para que permitan un mayor acceso a las PYME y los emprendedores, a los beneficios que otorga la ley citada.
Asimismo reiteró que las reformas se encuentran en proceso de consulta, por lo que se debe tener presente que en este momento son propuestas.
Principales cambios
REDEFINICIÓN DE PYME
Rojas indicó que se atiende la recomendación del Consejo Asesor Mixto de la PYME para actualizar la definición PYME, en el siguiente sentido:
a. Mantener que para determinar el tamaño de la empresa se hace sobre la base de las variables de empleo, ventas y activos.
b. Mantener vigente las dos fórmulas: 1) sector industria; 2) sector comercio y servicios.
c. Actualizar los valores de referencia para ponderar las variables:
- Se varía en el caso del sector industrial la utilización del Índice de Precios a la Producción Industrial como referencia.
- Se mantiene en el caso del sector comercio y servicios la referencia del Índice de Precios al Consumidor.
"Con esta reforma se pretende ajustar la definición de micro, pequeña y mediana empresa y responder mejor a la realidad empresarial de las PYME de los sectores de industria, comercio y servicios", explicó Rojas.
SIMPLIFICACIÓN DE TRAMITES
Se formaliza la anunciada simplificación de trámites para que el MEIC otorgue la condición PYME a las empresas que realicen la solicitud de inscripción.
-Reducción de tiempo de gestión de 15 a 5 días.
-Reducción de requisitos (se eliminó los requerimientos de las cédulas de los apoderados, la presentación física de la planilla, entre otros, dado que estas consultas se realizarán de manera digital)
"Esta reforma pretende facilitar a los empresarios el trámite para obtener su condición PYME en un menor tiempo y con la menor cantidad de requisitos".
(Así también pueden recibir más beneficios como en financiamiento y atención, y para la exención del impuesto de las sociedades jurídicas.)
SERVICIOS AL SECTOR
La reforma actualiza y oficializa la ampliación que se ha venido implementando en el Modelo de Atención para PYME:
-Un modelo de atención mediante los Centros Regionales de Apoyo a las PYME (Creapyme) en diferentes regiones del país en asocio con Municipalidades, Sector Privado, Universidades.
-Mejorar cobertura y facilitar el acceso de las Mipymes servicios para favorecer la formalización, mejorar competitividad y desarrollo empresarial.
-Se incorpora la figura del Gestor PYME.
RECONOCIMIENTO DESDE SU ORIGEN
Se reconocen las etapas previas del proceso de consolidación de una PYME, las cuales abarcan: fomento emprendedor, gestación del emprendimiento y consolidación de las Mipyme.
Se diferencian los siguientes conceptos: emprendedores y Mipyme; unidad productiva informal y unidad productiva formal; incubadora y aceleradora.
"Con estos conceptos se reconocen las diferencias entre los emprendedores y las PYME, tanto en cuanto a su proceso de creación, formalización, herramientas y mecanismos de apoyo como a sus necesidades particulares".
DIVISIÓN DE TAREAS
Se crea el Sistema Integrado Desarrollo Emprendedor y PYME (SIDEP), compuesto por:
-Ministerio de Economía, Industria y Comercio, como ente rector.
-El Consejo Asesor Mixto de la Pequeña y Mediana Empresa.
-El Consejo Nacional de Emprendimiento.
-La Red Institucional de Apoyo a Emprendedores y PYME.
-La Red Nacional de Incubadoras y Aceleradoras de Empresas.