A pesar de que ocho de cada diez costarricenses utilizan plataformas digitales de movilidad para resolver sus desplazamientos cotidianos, la inmensa mayoría de la población camina a ciegas sobre las profundas transformaciones que se debaten en la Asamblea Legislativa.
Un estudio reciente desarrollado por la firma CID Gallup para la plataforma Uber reveló que, si bien el 70% de los usuarios ha escuchado hablar sobre la existencia de un proyecto para regular las aplicaciones de transporte, solo un 10% de los encuestados afirma estar verdaderamente informado sobre lo que plantea la propuesta. Además, seis de cada diez ticos sienten que sus expectativas y necesidades no han sido tomadas en cuenta en la mesa de discusión regulatoria.
Esta brecha de información resulta crítica en una coyuntura decisiva. La iniciativa, que se tramita bajo el expediente 23.736, superó una densa barrera legislativa de más de 280 mociones en comisión y regresó al plenario con un texto que cambiará de raíz la forma en que el país entiende, utiliza y paga el transporte privado de personas.
En las últimas semanas, el tema ha cobrado más relevancia, pues los conductores de las distintas aplicaciones se movilizaron en caravanas hacia Casa Presidencial para exigir garantías de que la futura ley no comprometa sus ingresos ni los deje fuera del modelo económico.
La propuesta legislativa crea la figura de “servicio económico de interés general” para todo el transporte remunerado no colectivo. Bajo este paraguas, el Estado costarricense asume potestades para fiscalizar la competencia, intervenir en esquemas de seguridad y establecer reglas de juego estrictas tanto para choferes como para las empresas multinacionales.
Sin embargo, entre la ciudadanía y las mismas plataformas persisten dudas sobre cómo afectará este nuevo marco jurídico a la tarifa final de los viajes, el tiempo de espera en hora pico, la cobertura en zonas periféricas o rurales y la viabilidad del trabajo independiente para miles de familias.
Reordenamiento del sector: entre el taxi dual y la interconexión digital
El texto en discusión establece que el transporte privado remunerado se regirá bajo los principios del libre mercado, pero sujeto a un severo régimen de supervisión estatal que busca equiparar las condiciones entre competidores. En la práctica, el sistema de movilidad nacional quedará dividido en dos únicas modalidades legales:
- El taxi dual: Un servicio habilitado directamente por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) mediante la emisión de un título concesionado con una vigencia de diez años, pensado para modernizar la flota tradicional.
- El transporte por plataformas de interconexión: En el cual los conductores se afilian voluntariamente a aplicaciones tecnológicas privadas que cuentan con un permiso estatal de funcionamiento para operar como intermediarias.
Para ingresar a cualquiera de estas dos categorías, el filtro de formalización es absoluto. Ningún conductor podrá encender la aplicación o brindar el servicio si no está plenamente identificado y trazable en una base de datos centralizada que administrará el MOPT.
Entre los requisitos obligatorios se incluye la inscripción formal como trabajador independiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el registro como contribuyente activo ante la Dirección General de Tributación y la tenencia de pólizas vigentes de responsabilidad civil y riesgos del trabajo. Adicionalmente, se exige mantener la inspección técnica vehicular al día, el marchamo pagado y operar unidades con un máximo de quince años de antigüedad.
Cargas financieras y frenos a las grandes flotas
Uno de los puntos que genera mayor inquietud en el gremio de choferes es la acumulación de costos operativos derivados de la formalización. El texto exige que cada conductor pague un canon anual directamente al MOPT para obtener y mantener la autorización del servicio, además de contratar pólizas de seguro adicionales para la protección de los pasajeros y liquidar el impuesto sobre la renta correspondiente a sus ganancias netas.
A esta estructura de costos se suma la cotización mensual obligatoria ante la CCSS, calculada a partir de los ingresos reales declarados como trabajador independiente. Para acotar la concentración de mercado, la ley introduce una barrera explícita: un mismo propietario registral no podrá tener más de tres vehículos autorizados para operar en plataformas, exceptuando únicamente a las entidades financieras reguladas por la SUGEF mediante esquemas de arrendamiento.
En lo relativo a las plataformas multinacionales como Uber, DiDi o InDrive, las exigencias regulatorias implican una reestructuración corporativa en el país. Las compañías deberán constituirse legalmente como personas jurídicas en Costa Rica, inscribirse como contribuyentes de pleno derecho y tramitar un permiso quinquenal renovable ante el MOPT.
Además, tendrán que certificar ante el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) que sus sistemas cumplen con estándares estrictos de ciberseguridad y privacidad de datos. A nivel tributario, la ley las convierte en agentes retenedores del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) por cada trayecto realizado, obligándolas además a entregar informes trimestrales al MOPT sobre volumen de viajes, flota activa e incidencias de acoso o discriminación.
¿Taxificación de las apps?
Desde la acera de los trabajadores, la reacción ante este paquete de medidas no se ha hecho esperar. Agrupaciones como la Asociación Privada para la Innovación, Movilidad, Tecnologías y Economías Colaborativas (Aprimotec), la Asociación de la Comunidad Nacional de Conductores en Plataformas de Transporte denunciaron que el texto fue construido “a puerta cerrada” bajo la presión del sector taxista tradicional.
Según advierten estas organizaciones, el proyecto pretende “taxificar” un servicio privado entre particulares, amenazando la estabilidad económica de más de 35.000 familias costarricenses —incluyendo jefas de hogar, estudiantes y adultos mayores— que dependen de estas aplicaciones como fuente primaria de ingresos o complemento para llegar a fin de mes.
El corazón económico del proyecto de ley y el aspecto que más preocupa al consumidor radica en el mecanismo para fijar los precios de los viajes. La iniciativa contempla tres métodos válidos de cobro: la estimación previa mediante el algoritmo de la aplicación, el taxímetro regulado para los taxis duales o la negociación directa de la tarifa entre el conductor y el pasajero antes de iniciar la ruta.
Para proteger al trabajador de tarifas ruinosas impuestas unilateralmente por las aplicaciones, el borrador incorpora el concepto de “rentabilidad bruta mínima” por hora efectiva con pasajeros. Este piso tarifario se calculará anualmente tomando como referencia el 1% de la base mínima contributiva del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS, bajo una fórmula elaborada conjuntamente por el MOPT y el MEIC, la cual las plataformas deberán liquidar de forma mensual a sus afiliados.
Aunque la medida busca equilibrar la balanza económica en favor de los choferes, analistas y usuarios temen un efecto dominó: al sumar los costos del canon estatal, los seguros obligatorios, las cuotas de la CCSS y la garantía de rentabilidad mínima, las plataformas inevitablemente trasladarán estos incrementos al precio final del viaje, reduciendo la accesibilidad del servicio para la clase media costarricense.
El MOPT tendrá la facultad de rastrear la operación en tiempo real e imponer suspensiones a quienes incurran en faltas. Prestar el servicio sin la debida habilitación, falsificar datos o ceder la cuenta a terceros será considerado una falta grave o gravísima, exponiendo al conductor a la inhabilitación para operar por varios años.
De igual forma, las plataformas que se nieguen a someterse al proceso de registro o acumulen infracciones sistemáticas podrán ser suspendidas y bloqueadas para operar en territorio costarricense por plazos de hasta cinco años.
