Las cooperativas de ahorro y crédito en Ecuador enfrentan uno de los mayores puntos de inflexión de su historia.
Lo que por décadas ha operado bajo los principios de la economía popular y solidaria ahora podría ser absorbido por el sistema bancario tradicional, con reglas muy distintas y exigencias de capital que antes no se les aplicaban.
Y todo comenzó con una disposición legal y un reglamento presidencial.
La transformación de cooperativas en bancos no es una posibilidad lejana: ya está en marcha.
Desde el 23 de julio está vigente un reglamento que faculta al Banco Central del Ecuador (BCE) para recabar directamente información confidencial de diversas instituciones públicas, sin restricciones de autonomía o sigilo, con el objetivo de preparar insumos técnicos que definan qué cooperativas pasarán a ser bancos.
Este mandato reglamentario se suma a la Ley de Integridad Pública, aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 24 de junio.

En su disposición transitoria décimo primera, la ley otorga 90 días a una nueva entidad —la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria— para emitir las regulaciones que determinarán qué cooperativas deberán transformarse en sociedades anónimas del sistema financiero privado.
El análisis que fundamentará esta transición se basará en dos criterios: el riesgo sistémico y el grado de interconexión de las cooperativas con el resto del sistema financiero.
A partir de estos factores, la Junta establecerá las obligaciones de transformación para las entidades seleccionadas.
Actualmente, las cooperativas están bajo supervisión de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), y operan bajo principios asociativos en los que cada socio tiene un voto, sin importar su capital.
Esta lógica contrasta con la estructura de los bancos privados, donde los accionistas toman decisiones proporcionales a sus inversiones y el objetivo es generar utilidades.
En Ecuador existen alrededor de 400 cooperativas de ahorro y crédito.
Solo las 44 cooperativas del segmento 1 concentran el 84% de los activos del sector, con una cartera de crédito que supera los $1.359 millones.
El “segmento 1” agrupa a las cooperativas más grandes del sector financiero popular y solidario. Este segmento incluye a las entidades con activos mayores a 80 millones de dólares.
Estas cifras explican por qué el gobierno ecuatoriano plantea una intervención en el sector: la magnitud financiera de estas cooperativas ya tiene un peso sistémico.
El reglamento firmado por el presidente Daniel Noboa habilita al BCE para requerir información de instituciones como el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Ministerio de Finanzas, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la Superintendencia de Bancos, entre otras.
En caso de que la información solicitada sea reservada, deberá ser entregada junto con la justificación legal de dicha condición.
De acuerdo con el Gobierno, el propósito de la ley es “proteger los ahorros de la ciudadanía y preservar la estabilidad financiera del país”.
Sin embargo, el alcance de las medidas ya provoca tensiones dentro del modelo cooperativo.