Los grandes contribuyentes, las zonas francas y las empresas con transacciones vinculadas que superen los 1.000 salarios base (aproximadamente ¢462 millones) deberán entregar por primera vez una declaración detallada al Ministerio de Hacienda el próximo 31 de marzo.
Esa fecha se informa de todas las transferencias que se hicieron en el 2024 y el 30 de junio se deberá hacer la declaración del período 2025.
La declaración del 2026 se entregaría hasta el 30 de junio del 2027.
Este requisito inició al entrar en vigencia el sistema Tribu-CR.

¿Cómo realizar el trámite?
El contribuyente tiene que descargar el Excel de la página de Hacienda, llenarlo y subirlo, seleccionar el tipo de transacciones que llevó a cabo y estas operaciones quedan empatadas con la empresa vinculada y ya es posible colocar los números de identificación de las contrapartes extranjeras.
El formulario se descarga en línea y se va respondiendo cada una de las preguntas de acuerdo con los requerimientos de Hacienda. Se recomienda no dejarlo todo para última hora.
El principal problema detectado es que los declarantes no tienen un estudio previo sobre los precios de transferencia que cumpla con el nivel de detalle que se solicita en el nuevo formulario, con la metodología y el análisis que se requiere.
Es por este motivo, que la principal recomendación es que se contrate a un contador o a un experto tributario para hacer la declaración informativa.
¿Más control y transparencia?
Los cambios pretenden mejorar la visualización y el control de la información por vinculado, se habilita ingresar las identificaciones de contrapartes no domiciliadas y la correcta asociación de múltiples transacciones y análisis a un mismo vinculado.
Las transacciones ahora quedan vinculadas dentro del sistema a las empresas relacionadas con las que se realizaron, lo que busca fortalecer el control y la transparencia, explicó Alonso Erak, director de Fiscalidad Internacional de Grant Thornton.
Aunque evitó asegurar que antes existieran delitos tributarios por la ausencia de estos mecanismos, el experto afirmó que las modificaciones disminuyen riesgos y facilitan una supervisión más eficiente por parte de la Administración Tributaria.

José Becerra, abogado tributario de Moore, mencionó que la medida busca reducir la defraudación y la evasión, así como una elusión excesiva, ya que, mediante la declaración, los contribuyentes deben demostrar que sus operaciones con partes vinculadas son comparables a las que pactan partes independientes.
Un ejemplo hipotético de lo anterior, es el siguiente: una empresa ubicada en un país como Panamá, que no grava las ventas off shore realizadas fuera de Panamá, es aprovechada para vender con sobreprecio a su parte vinculada en Costa Rica, generando mucha utilidad no gravable en Panamá y altos costos a la empresa costarricense, lo cual reduce la carga tributaria global del grupo empresarial.
¿Qué son operaciones vinculadas?
Algunas de las transacciones se hacen entre empresas vinculadas para la compra de bienes y servicios, regalías, servicios administrativos, legales y de contabilidad y estas deben de hacerse a precios de mercado.
“Recordemos que el precio de transferencia es el valor que fijan dos empresas relacionadas entre sí para la transferencia de bienes, servicios y todo tipo de derechos. Estos precios son importantes para la valoración de las transacciones dentro de un mismo grupo empresarial y tienen implicaciones fiscales significativas, ya que pueden afectar la base imponible en cada país”, explicó Raymundo Volio, abogado especialista en impuestos de Actualidad Tributaria.
Volio agregó que las normas de precios de transferencia buscan asegurar que las transacciones se realicen a precios de mercado, es decir, como si las empresas involucradas fueran entidades independientes.
Por lo que ayuda a prevenir la evasión fiscal y la manipulación de beneficios.
Durante años, las autoridades tributarias recibían un estudio detallado donde daban a conocer todas las transferencias que se habían hecho y si Hacienda tenía dudas podía pedir una auditoría o más información a la empresa, sin embargo, a partir de la entrada en vigencia del nuevo sistema se espera que haya más control.
El requisito de presentar estos estudios de precios de transferencia se da desde el 2013, siguiendo con la normativa de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de donde Costa Rica es miembro, pero ahora se aplican estos cambios tras la entrada en vigencia de la plataforma Tribu-CR.
¿Qué son operaciones con partes vinculadas?
La normativa identifica tres tipos de vinculación que explica Carlos Morales, abogado tributario de Grupo Camacho.
- Jurídica: cuando empresas están controladas por las mismas personas, incluso por vínculos familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Ejemplo: transacciones con empresas de un suegro o primo.
- Económica: cuando una empresa depende en un 25% o más de otra, como ocurre con distribuidores exclusivos o grandes compradores en el exterior.
- Presunta: cuando hay operaciones con empresas ubicadas en países sin convenio de intercambio de información con Costa Rica, con tasas de renta del 18% o menos, o en jurisdicciones no cooperantes.
Sanciones aplicables:
- Medio salario base por no presentar la declaración
- Entre 3 y 100 salarios base por incumplir total o parcialmente con el suministro de la información, lo que equivale a multas desde ¢1,37 millones hasta ¢46 millones
Zaira Mora, socia de Precios de Transferencia en Actualidad Tributaria, manifestó que Costa Rica se encuentra rezagada en la región con la promulgación de las normas que regulen la presentación de la declaración informativa de Precios de Transferencia, de manera que finalmente su cumplimiento resulta un avance en comparación con otros países de la región que ya tienen establecida esta obligación.
