El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó de plano la solicitud para iniciar una recolección de firmas ciudadanas que pretendía llevar a referéndum el proyecto de ley para la Devolución Plena del Ahorro Laboral del ROP.
La decisión fue comunicada este 30 de setiembre tras la resolución 8939-E9-2026, emitida el pasado 23 de setiembre.
La iniciativa, impulsada por el ciudadano Alex Solís Fallas junto a otras personas, buscaba someter a consulta popular el retiro de los fondos acumulados en el Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROP).
Sin embargo, la autoridad electoral fundamentó su negativa en el artículo 105 de la Constitución Política de Costa Rica. La Carta Magna establece restricciones explícitas sobre los temas que pueden ser decididos mediante esta figura de participación ciudadana.
Específicamente, el texto constitucional indica que los referendos no procederán si los proyectos de ley están relacionados con materia de pensiones, un blindaje jurídico que busca proteger la estabilidad de los sistemas de seguridad social del país.
Jurisprudencia electoral reiterada
El rechazo a esta nueva solicitud no es un hecho aislado dentro del tribunal; la resolución actual se apoya en una sólida jurisprudencia que ha denegado consistentemente intentos similares en el pasado.
La magistratura electoral reiteró que carece de la potestad para autorizar procesos de recolección de firmas cuando los proyectos de ley rozan con las excepciones del artículo 105.
Anteriormente, el TSE resolvió en esta misma línea a través de diversos pronunciamientos a lo largo de los últimos años, como se evidencia en las resoluciones 7682-E9-2019, 2897-E9-2021 y 3908-E9-2025.

