Opinión

Editorial: ¿Para qué Japdeva?

No se trata de hacer un listado taxativo de los privilegios que reciben los funcionarios de Japdeva, sino de evidenciar por qué la operación de la institución se tornó deficitaria y ha dejado de ser viable

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“La jornada extraordinaria, sumada a la ordinaria, no podrá exceder de doce horas” (artículo 140 del Código de Trabajo). La jornada extraordinaria “deberá ser remunerada con un cincuenta por ciento más de los salarios” estipulados (artículo 139). Así es en el mundo de los simples mortales.








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