Opinión

Columna Tributaria: Periodo de 15 meses

Como varios elementos cuantitativos del impuesto sobre la renta están establecidos en función de periodo de 12, para la declaración de este “año de 15 meses” deben hacerse algunas operaciones matemáticas de conversión en el mínimo exento

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La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas modificó el artículo 4 de la Ley 7092, ordenando que el periodo del impuesto sobre la renta será “de un año, contado a partir del 1.º de enero al 31 de diciembre de cada año”. Ello implicó, para la mayoría de los contribuyentes, tener un período fiscal de transición de 15 meses, entre el 1.º de octubre del 2019 y el último día del 2020.








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