La Suprema Corte de Justicia de México refrendó, esta semana, una sentencia emitida por un tribunal colegiado de ese país que ordena a la compañía Toyota pagar una indemnización al cantante guatemalteco Ricardo Arjona, debido al uso ilegal de su imagen.
El caso se remonta al uso de su canción “Jesús es verbo, no sustantivo” en una de las campañas publicitarias de la empresa, el cual se ejecutó sin la autorización del artista.
La sentencia inicial fue emitida en 2023 y este 29 de mayo fue ratificada por la corte suprema mexicana.
La sentencia inicial fue emitida en 2023 y este 29 de mayo fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de México. (Archivo/Archivo)
Según indicó Eduardo de la Parra —abogado del cantautor— al diario mexicano ‘El Universal’, la empresa quería bajar la indemnización ordenada, por lo que solicitó un amparo que finalmente fue desechado por el máximo tribunal.
El abogado afirmó que ya no hay más opciones de defensa para Toyota, pues este recurso ya era el extraordinario:
“Tenemos que irnos a un procedimiento de cuantificación donde hay que presentar peritajes para llegar al monto de la indemnización, esto llevará unos meses más”.
De la Parra es el autor del libro “El derecho a la propia imagen”, el mismo que en setiembre pasado logró que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial retirara las medidas cautelares, promovidas por Gloria Trevi, que prohibían la circulación del libro “Todo a la luz. El caso criminal que México dejó en la oscuridad”.
También fue defensor de cineastas mexicanos en contra de la desaparición del Fidecine, fideicomiso que por dos décadas apoyó cintas de corte comercial.
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