El Banco de Costa Rica (BCR) informó de que a partir de este martes 23 de junio del 2026 recibirá las monedas de ¢5, ¢10 y ¢25 del diseño anterior (doradas), tanto para depósito como para cambio en sus oficinas en todo el país.
Según lo estableció el Banco Central de Costa Rica (BCCR), estas denominaciones perderán su valor como medio de pago el próximo lunes 1.º de julio.
En el caso específico de la moneda de ¢5, el retiro será definitivo, dado que sus costos de acuñación superaban su valor facial, lo que motivó el cese de su fabricación en el año 2020. Tras este proceso, la moneda de ¢10 se consolidará como la denominación más pequeña del sistema monetario costarricense y solo quedará en circulación el diseño en color plateado.
Actualmente permanecen vigentes las monedas de ¢500, ¢100, ¢50, ¢25, ¢10 y ¢5; sin embargo, algunas denominaciones solo conservarán validez en sus versiones más recientes. Las monedas antiguas de ¢500 y ¢50 ya perdieron su valor como medio de pago desde el 1.° de julio de 2025.
El BCCR recordó que el cambio de monedas no se realiza directamente en esa entidad. La gestión debe efectuarse mediante las otras entidades financieras que operan en el país. Además, las monedas que saldrán de circulación pueden canjearse en cualquier momento, incluso después del 1.° de julio.
Para quienes guardan monedas en alcancías, cajas chicas o negocios, la recomendación es revisarlas cuanto antes para verificar si dejarán de circular y evitar inconvenientes.

Requisitos para clientes
Ante la transición hacia el nuevo cono monetario, el BCR dispuso un proceso con condiciones diferenciadas para sus clientes y el público en general. Las personas usuarias del BCR podrán realizar la gestión todos los días durante el horario habitual de la sucursal que elijan visitar. El dinero será depositado directamente en la cuenta corriente o de ahorros del cliente.
Para concretar el trámite es necesario cumplir con las siguientes pautas:
- Presentar el documento de identidad vigente y en buen estado.
- Entregar las monedas previamente contadas y separadas por denominación.
- En caso de que el monto supere los $10.000, se requerirá completar el formulario correspondiente a la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (8204).
Además, en las cajas de la entidad, los clientes podrán utilizar este dinero en efectivo para realizar otras gestiones, como el pago de créditos, comisiones o transferencias.

Trámite para no clientes
Quienes no posean una cuenta en el BCR también podrán cambiar su efectivo, pero la recepción se limitará a los días de martes a jueves, en horario regular. La institución ofrece a este grupo la posibilidad de abrir una cuenta bancaria para depositar los fondos. De no desear la apertura, se aplicarán estas condiciones:
- Se permitirá el cambio de las piezas hasta por un monto máximo de ¢100.000.
- La transacción tendrá el cobro de una comisión del 4% sobre el total a cambiar, con un cobro mínimo de $6.
- Es obligatorio presentar la cédula de identidad y llevar las monedas debidamente separadas y contadas.
Excepciones en quincena
La entidad bancaria advirtió que los días 15 y 30 de cada mes se aplicará una dinámica distinta debido al flujo habitual de personas en las oficinas. Los clientes podrán entregar el efectivo en estas fechas, pero el monto final estará sujeto a revisión al día hábil siguiente, por lo que el usuario acepta que se le sume o reste cualquier diferencia detectada durante el conteo oficial. Por su parte, a los no clientes se les recomienda acudir a la sucursal hasta el día hábil posterior.
