El Consejo de Gobierno oficializó la invitación para integrar el registro de elegibles de los órganos de dirección de los bancos públicos. El proceso recopila los perfiles de las personas interesadas en asumir cargos en las juntas directivas de estas instituciones públicas.
La convocatoria se fundamenta en las normativas de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (N.º 1644), la Ley del Banco Popular (N.º 4351) y la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (N.º 8422). El reclutamiento sigue los parámetros de idoneidad dictados por el acuerdo Conassif 15-22.
El periodo establecido para la recepción de estas postulaciones rige desde el 29 de mayo hasta el 4 de junio de 2026. La entrega de requisitos fuera del plazo del cartel o por vías no oficiales implicará el rechazo automático de la oferta de servicios.

Los requisitos mínimos obligatorios exigen contar con la nacionalidad costarricense, tener una edad mínima de 25 años y poseer el grado académico de bachillerato, licenciatura o un título equivalente que acredite la idoneidad técnica para el cargo en concurso.
Los postulantes deben demostrar conocimiento y experiencia en materia económica, financiera, bancaria o de administración. Asimismo, se requiere experiencia práctica en puestos directivos, en alta gerencia o en el nivel jerárquico inmediato inferior del organigrama.
La normativa exige conocimientos específicos en planificación estratégica, gestión de riesgos, interpretación de información financiera y marco regulatorio. También se evalúa el dominio en derecho de protección del consumidor financiero y en la dirección de proyectos.
Las personas interesadas deben cumplir con la incorporación y el pago al día de la colegiatura respectiva cuando la ley lo establezca. Adicionalmente, es indispensable contar con disponibilidad de tiempo y no registrar deudas ni sanciones pendientes con el Estado.
El cartel detalla que los aspirantes no pueden presentar los impedimentos, incompatibilidades o prohibiciones que dictan los artículos 22 y 23 de la Ley 1644. Esta restricción rige también para el artículo 20 de la Ley 4351 y la Ley 8422.
Los documentos requeridos incluyen la hoja de vida actualizada con el detalle de formación, copia de la cédula por ambos lados y copia de los títulos académicos. Se deben adjuntar las constancias que acrediten la experiencia profesional emitida por las empresas.
La lista de requisitos se completa con la entrega de una certificación de antecedentes penales con un máximo de tres meses de emisión. También se solicita el comprobante del colegio profesional y la declaración jurada firmada según el formato del banco.
El proceso abarca las plazas de las cúpulas del Banco Nacional de Costa Rica y del Banco de Costa Rica, las dos entidades comerciales bajo control estatal que se rigen por la Ley 1644, además del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, que opera bajo la Ley 4351.
La legislación procura que el nombramiento de estos directivos asegure la estabilidad del Sistema Bancario Nacional mediante un gobierno corporativo riguroso. Los seleccionados tendrán a su cargo las decisiones de las carteras de crédito y de inversión pública.
Las incompatibilidades legales impiden la postulación de personas que ejerzan cargos de elección popular o que posean vínculos comerciales directos con los bancos en competencia. Se busca evitar los conflictos de interés en las deliberaciones de las juntas.
La Unidad Asesora para la Dirección y Coordinación de la Propiedad Accionaria del Estado será la encargada de dar seguimiento metodológico a este registro. Las valoraciones de los candidatos se realizarán bajo los principios de transparencia y de idoneidad.
Áreas de conocimiento requeridas
- Planificación estratégica institucional.
- Gestión integral de riesgos financieros.
- Interpretación de información financiera contable.
- Marco regulatorio y requerimientos legales bancarios.
- Derecho de protección del consumidor financiero.
- Dirección y ejecución de proyectos corporativos.
Lista de documentos a presentar
- Hoja de vida actualizada con formación y experiencia.
- Copia de títulos académicos y certificados atinentes.
- Copia de la cédula de identidad por ambos lados.
- Declaración jurada firmada según formato oficial.
- Certificación de antecedentes penales vigente.
- Comprobante de incorporación y pago del colegio profesional.
- Constancias emitidas que acrediten la experiencia previa.
Las personas interesadas deben realizar la inscripción mediante el formulario digital en el enlace de Microsoft Forms. El formato de la declaración jurada se obtiene en el sitio de presidenciacr-my.sharepoint.com.
Las consultas se atienden en el correo juntasdirectivas@presidencia.go.cr.
