Aunque el plazo para presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia ante el Ministerio de Hacienda para el período 2025 estaba definido desde hace meses, muchas compañías vinculadas enfrentan una carrera contra el tiempo para completar análisis técnicos, recopilar información y cumplir antes del 30 de junio ante Hacienda.

Los especialistas tributarios y contadores coinciden en que el reto no es llenar un simple formulario, sino respaldar cada dato con estudios y documentación que permitan justificar las operaciones entre partes vinculadas.
La preparación requiere estudios de precios de transferencia actualizados, análisis de operaciones entre vinculados, consistencia entre información financiera, fiscal y operativa, además de coordinación entre distintas áreas de la empresa.
Estos cambios permitirán que las transacciones queden registradas dentro del sistema y vinculadas con las empresas relacionadas con las que se realizaron, lo que busca fortalecer el control y la transparencia, explicó Alonso Erak, director de Fiscalidad Internacional de Grant Thornton.
A diferencia de una declaración tradicional, donde el contribuyente reporta ingresos, gastos o calcula un impuesto por pagar, la Declaración D-273 tiene un objetivo distinto: entregar información que permita a Hacienda verificar que las transacciones entre compañías relacionadas se realizan bajo condiciones similares a las que existirían entre empresas independientes.
Los precios de transferencia se aplican cuando dos empresas que forman parte de un mismo grupo empresarial realizan operaciones entre ellas, como compra y venta de bienes, prestación de servicios, pagos por regalías, servicios administrativos o financieros.
La preocupación fiscal surge porque estas operaciones pueden influir en dónde se generan las utilidades y, por lo tanto, dónde se pagan impuestos.
“Recordemos que el precio de transferencia es el valor que fijan dos empresas relacionadas entre sí para la transferencia de bienes, servicios y todo tipo de derechos. Estos precios son importantes porque pueden afectar la base imponible de cada país”, explicó Raymundo Volio, abogado especialista en impuestos de Actualidad Tributaria.
Una obligación conocida desde 2013 entra en una nueva etapa con TRIBU-CR
Aunque los precios de transferencia existen en Costa Rica desde 2013, la obligación de presentar esta declaración informativa cobra mayor relevancia con la implementación del sistema TRIBU-CR, que permite a la Administración Tributaria contar con información más estructurada sobre las operaciones entre vinculados.
Carlos Morales, socio de Grupo Camacho Internacional, explicó que el principal reto para los contribuyentes es comprender que esta declaración no funciona como un trámite tributario más.
“Muchos contribuyentes creen que la declaración de precios de transferencia es como cualquier otra declaración de impuestos, pero no. Este proceso solo puede completarse con un estudio técnico, y por eso muchas empresas están contra el tiempo”, señaló Morales.
El experto añadió que este análisis puede tomar varias semanas, ya que implica comparar operaciones con empresas similares, revisar funciones, activos y riesgos, además de analizar información financiera disponible.
“Un equipo consultor serio puede tardar entre cuatro y seis semanas en desarrollar este estudio. Se deben verificar precios comparables de empresas que ejerzan funciones similares, con activos equivalentes o que asuman riesgos parecidos a la compañía analizada”, agregó Morales.
Por esta razón, los especialistas advierten que aquellas empresas que todavía no hayan iniciado el proceso podrían enfrentar dificultades para completar correctamente la información antes del vencimiento.
¿Quiénes deben presentar la declaración?
La obligación aplica para determinados grupos de contribuyentes:
- Grandes contribuyentes nacionales.
- Empresas bajo el régimen de zona franca.
- Contribuyentes que realicen operaciones con partes vinculadas cuyo monto supere los 1.000 salarios base (aproximadamente ¢462 millones).
Las operaciones vinculadas pueden surgir por diferentes razones. Existen tres tipos principales de vinculación:
- Jurídica: cuando existe control entre empresas o relaciones familiares determinadas.
- Económica: cuando una compañía depende significativamente de otra, por ejemplo, mediante relaciones comerciales relevantes o bajo el régimen de zonas francas.
- Presunta: cuando existen operaciones con empresas ubicadas en jurisdicciones con baja tributación o sin intercambio adecuado de información.
Más control para Hacienda y menos espacio para trasladar utilidades
Uno de los cambios más relevantes es que la información permitirá a Hacienda identificar con mayor precisión las operaciones entre empresas relacionadas y comparar si los valores reportados corresponden a condiciones de mercado.
José Becerra, abogado tributario de Moore, explicó que la medida busca reducir prácticas que permitan trasladar utilidades artificialmente entre países.
“Mediante la declaración, los contribuyentes deben demostrar que sus operaciones con partes vinculadas son comparables a las que pactarían partes independientes”, indicó.
El especialista añadió que una empresa podría utilizar otra entidad del mismo grupo en el extranjero para fijar precios distintos a los del mercado, trasladando utilidades fuera de Costa Rica y reduciendo su carga tributaria.
¿Qué pasa si una empresa no cumple?
El incumplimiento de esta obligación puede generar sanciones económicas importantes.
Según especialistas tributarios, las multas van de tres a 100 salarios base, es decir, entre aproximadamente ¢1,3 millones y ¢46,2 millones, dependiendo del incumplimiento.

Además, presentar información incorrecta o incompleta puede aumentar la exposición a revisiones y auditorías por parte de la Administración Tributaria.
Sebastián Barrantes, gerente senior de Deloitte, advirtió que el impacto puede ir más allá de la multa económica.
“Cuando una empresa incumple o presenta información incorrecta, el impacto no se queda en Hacienda. Eventualmente se traslada a la operación: equipos bajo presión, ajustes internos y decisiones que pueden afectar directamente a los colaboradores”, señaló.
El requisito de presentar estos estudios de precios de transferencia se mantiene desde 2013, conforme a la normativa de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la cual Costa Rica es miembro, pero ahora se refuerza con la entrada en vigencia de la plataforma TRIBU-CR.
El mayor riesgo para las empresas no está únicamente en presentar tarde la declaración, sino en hacerlo sin una base técnica suficiente. Esto puede generar efectos internos como:
- Reasignación de recursos y prioridades.
- Aumento de la carga operativa en áreas financieras y contables.
- Procesos de revisión y auditoría más intensos.
- Mayor presión sobre cierres y cumplimiento.
En escenarios más complejos, pueden darse ajustes internos como congelamiento de contrataciones, cambios en incentivos, reorganización de funciones o redistribución de equipos.
“El riesgo es sistémico. Un incumplimiento puede desencadenar decisiones internas que afectan la dinámica de trabajo, el clima organizacional y la estabilidad operativa”, concluyó Barrantes.
Para las empresas, la presentación de la declaración será solo el primer paso. A partir de ahora, Hacienda contará con una radiografía más detallada de las operaciones entre compañías relacionadas y podrá evaluar si los negocios responden realmente a condiciones de mercado.
