En un nuevo capítulo del proceso que se ha seguido tras la intervención de Desyfin, surge una buena noticia para los afectados: el pasado 24 de septiembre, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), autorizó realizar una distribución adicional a los ahorrantes no garantizados de la financiera.
En total, la administración de la resolución de la financiera destinará la suma de $55,6 millones para realizar un nuevo pago a esas personas, que contaban con depósitos superiores a los ₡6 millones.

Los depositantes no garantizados habían recibido ya, en un primer pago, el 48,97% sobre el exceso de ₡6 millones. Ahora obtendrán un 24,35% adicional, con lo que la recuperación total será del 73,32%, antes de pasar al proceso concursal.
Los recursos adicionales para el pago han surgido, entre otras acciones, de la venta de activos al BCR Leasing, Banco Improsa y Banco Cathay, según lo informó el Conassif mediante un comunicado.
Por otro lado, para todos los depositantes garantizados con montos hasta ₡6 millones (74% del total de afectados) se había anunciado ya el pago del 100% de sus depósitos e inversiones.
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“Este resultado ha sido posible gracias a los esfuerzos efectuados desde un inicio por la Administración de la Resolución para recuperar y vender activos incluida la cartera crediticia, en beneficio de las personas afectadas”, indica el comunicado.
Forma de pago
Al igual que en el primer pago, los depósitos se realizarán a las cuentas IBAN registradas por cada cliente ante la financiera. A la fecha, el 95,22% de los depositantes no garantizados han recibido su dinero de esta forma.
La fecha máxima establecida para realizar el pago adicional es el miércoles 8 de octubre.
Cabe recordar que en este caso se descartó la posibilidad de utilizar el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), de forma que los recursos para pagar a los clientes salen de las propias gestiones internas de recuperación.
Actualmente se mantiene en análisis la posibilidad de constituir un fideicomiso como mecanismo de apoyo para el proceso concursal, lo cual deberá definirse e implementarse antes del 9 de octubre, cuando finaliza la resolución.
Según aclaró el Conassif, la eventual creación del fideicomiso no elimina la necesidad legal de iniciar el proceso concursal.