El arreglo de pago aparece como una alternativa para ponerse al día, evitar embargos o frenar un proceso de cobro judicial por una deuda en Costa Rica.
No obstante, lo que a primera vista parece un alivio financiero puede convertirse en una carga mayor si se firma sin entender completamente sus implicaciones.
Aceptar un nuevo acuerdo con una entidad financiera implica reconocer formalmente una deuda, redefinir plazos, tasas e incluso asumir nuevos costos.
Por eso, dos abogados explicaron a El Financiero que acceder a uno no debe ser una decisión que se tome a la ligera. Antes de firmar, es indispensable analizar algunos aspectos del estado legal de la deuda y comprender qué se acepta exactamente.
Solo después de esa evaluación es posible determinar si el arreglo representa una solución viable o, por el contrario, podría empeorar la situación.
No todos los casos ameritan un arreglo
Ernesto Solano, líder legal y de experiencia de usuario de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), explica que este acuerdo es una opción válida cuando la persona ya no puede cumplir con la deuda en sus condiciones originales, ya sea por una disminución de ingresos u otro problema financiero, pero insiste en que no es una solución automática.
“El primer paso siempre debe ser valorar el caso concreto. Uno de los aspectos clave es revisar si la deuda ya prescribió. En Costa Rica, por ejemplo, las deudas de tarjetas de crédito prescriben, en términos generales, a los cuatro años”, comentó.
Pese a que lo ideal es no verse orillado a un inminente enfrentamiento por inestabilidad de pago, si la deuda está cerca de prescribir no es beneficioso hacer un arreglo, pues interrumpe el proceso y el plazo inicia de nuevo. En esos casos, lo más prudente es buscar asesoría legal y, si existe un cobro judicial, alegar la prescripción.
El escenario cambia cuando la persona, sin que el monto esté a punto de vencer, desea evitar un proceso judicial, embargos de cuentas y hasta afectación en los registros crediticios, pues ahí convendría acceder al acuerdo.
Cuidado con lo que reconoce como deuda
Para Angie Portela, gerente legal de APriori Derecho Corporativo, el mayor riesgo de un arreglo de pago es aceptar montos que no corresponden.
“Antes de reconocer una deuda, hay que revisar cuánto es principal, cuánto son intereses, si hay intereses vencidos, gastos administrativos o cobros que no proceden”, explica.
La abogada advierte que algunas entidades condicionan el arreglo a pagos iniciales elevados o imponen costos adicionales, por lo que se debe estar seguro de los montos para evitar compromisos innecesarios.
En algunos casos, como los de tarjetas de crédito, recomienda solicitar que se congelen los intereses para evitar que la deuda siga creciendo mientras se paga. También sugiere dejar explícito que, al cumplir el acuerdo, no se iniciará un proceso judicial.

Lo que no está escrito, no existe
Solano explica que existen distintas modalidades, como el refinanciamiento para cambiar la deuda actual por una nueva con diferente tasa de interés o plazo (como pasar de una tarjeta de crédito a un préstamo personal), el reajuste de condiciones y unificación de varias deudas en una sola.
Pero más allá del tipo de acuerdo, la recomendación es clara: todo debe quedar por escrito.
“El consumidor debe conservar prueba de lo que firma y de lo que acuerda con la entidad: la cuota, el plazo y las condiciones”, señaló. Los acuerdos verbales o telefónicos son especialmente riesgosos, porque el consumidor no tiene acceso a las grabaciones.
También es fundamental cumplir el arreglo una vez firmado, puesto que no hacerlo reactiva intereses, cobros judiciales y afecta nuevamente el historial crediticio.
Además, al finalizar la obligación, el abogado sugiere solicitar una carta de descargo que certifique que la deuda quedó cancelada.
Firmar sin revisar puede salir caro
Ambos coinciden en que deshacer un arreglo firmado es muy difícil. Una vez suscrito, el acuerdo se convierte en un nuevo contrato, por lo que desconocer más tarde el monto o las condiciones implica ir a un proceso judicial largo y complejo.
De hecho, en situaciones donde haya existido presión externa o amenazas durante el momento de firma, si al final accedió a hacerlo, probarlo no es sencillo y podría activar un proceso de vicio de la voluntad que puede tomar incluso años.
“Si no hay certeza, mejor no firme y tómese el tiempo para consultar con un abogado o un contador”, dijo Solano al respecto.
Cuestiónese a sí mismo
Más allá de lo legal, ambos especialistas coinciden en una pregunta fundamental que muchas veces se pasa por alto en medio de la presión: ¿realmente puede pagar ese arreglo?
Aceptar una cuota solo porque es menor que la deuda original o promete “salir del problema” no siempre significa que sea sostenible en el tiempo.
Si el acuerdo no se ajusta a los ingresos reales y a los gastos básicos de una persona, el resultado suele ser el mismo: atrasos, nuevos intereses y el regreso del cobro judicial.
Firmar un arreglo de pago sin esa valoración previa no resuelve el fondo del problema financiero, sino que lo pospone y, en algunos casos, lo encarece.
Por eso, los abogados recomiendan revisar el presupuesto personal, estimar que el nuevo compromiso no absorba más del 40% de los ingresos netos, proyectar los pagos a lo largo del plazo acordado y preguntarse si esa obligación es compatible con la estabilidad económica del hogar.
