El martes 15 marzo de 2022 será la fecha límite para el cumplimiento de esta obligación formal.
Los requerimientos comenzaron el 1.º de julio de este año y a cada una de las 31 empresas se le asignaron 10 días hábiles, a partir de confirmada la notificación, para brindar los datos.
Esta medida evita que los obligados estén en una zona gris al estar inscritos pero sin presentar declaraciones.
Conviene tener presente algunas reglas concretas que podrían facilitar un resultado positivo para usted y su empresa.
Durante el primer trimestre de 2021 los contribuyentes han atestiguado múltiples cambios de criterio, aclaraciones o prórrogas en directrices por parte de la Dirección General de Tributación.
Carlos Vargas, director general de Tributación, defiende que no es cierto que constantemente se cambien los criterios y advierte que las diferentes aclaraciones en esta materia más bien permiten a las personas y empresas tener certeza jurídica frente a sus obligaciones.
El criterio de la Administración Tributaria resulta contrario a los conceptos más rudimentarios de la fusión.
Hacienda tampoco se percató ni anticipó el posible doble cobro en perjuicio de los consumidores con la incorporación de Uber al sistema de rebajos automáticos que utilizan los bancos.
Este caso es relevante porque, pese a la demora en el extenso proceso judicial del país, reafirma la posibilidad de luchar contra el fraude fiscal en momentos adversos para las finanzas públicas que enfrentan una abrupta caída en los ingresos tributarios acentuada por la crisis del coronavirus.
Más meses para reportar, se traduce en más impuestos, particularmente con dos diciembres en un mismo período. También hay reglas nuevas que entrarán a jugar en el pago del Impuesto sobre la Renta.