El Poder Ejecutivo colocó en la corriente legislativa el expediente 25619, una iniciativa que busca reformar el manejo de los registros judiciales en el país. La propuesta introduce modificaciones técnicas al artículo 11 de la Ley del Registro y Archivos Judiciales (Ley N.º 6723).
Esta iniciativa, denominada “Ley para la Seguridad Nacional, Registral y de Archivos Judiciales”, recibió dictamen de ingreso el 15 de junio de 2026. El documento cuenta con el aval del Gobierno de Laura Fernández mediante las firmas de la jerarca y el ministro de Justicia y Paz.
Diputados miembros de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico analizarán ahora el texto base. El grupo de legisladores debe evaluar el impacto de estas variaciones orientadas a endurecer la respuesta institucional frente a la criminalidad.
La exposición de motivos fundamenta los cambios en el incremento de la violencia física, citando que Costa Rica registró la cifra récord de 906 homicidios en 2023. Los proponentes detallan que la tasa de criminalidad alcanzó 17,2 muertes por cada 100.000 habitantes.
El texto base emplea el concepto de “asientos registrales” para referirse a las anotaciones del historial delictivo de una persona. Estas inscripciones del sistema guardan las sentencias firmes y los datos de las condenas que dictan los jueces.
La propuesta señala que la cancelación de estos registros provoca que reincidentes “figuren como primarios en nuevos procesos, debilitando la capacidad del Poder Judicial para valorar adecuadamente la concesión de beneficios penitenciarios”.

El plan determina que las modificaciones pretenden balancear los fines laborales con la seguridad nacional, para evitar que la legislación actual “sea utilizada como portillo para el otorgamiento de beneficios penales o carcelarios sin ser merecedores realmente”.
La iniciativa propone que los asientos de las condenas penales se mantengan plenamente activos de forma permanente a la orden de las autoridades encargadas de dictar sentencias. La medida busca evitar vacíos en la información durante las nuevas causas penales.
Los jueces penales tendrán la obligación vinculante de consultar la base de datos histórica antes de emitir un fallo. El plan prohíbe otorgar beneficios carcelarios, procesales o penitenciarios a personas con un historial delictivo registrado en el sistema.
En el ámbito policial, la propuesta crea un sistema de acceso restringido y confidencial exclusivo para el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), el Ministerio Público y los cuerpos policiales. Estos datos permanentes servirían solo para investigaciones en curso.
El texto base prohíbe usar esta base histórica para fines civiles. El documento aclara que la consulta de los antecedentes permanentes operará como un “insumo técnico” para labores de inteligencia policial, investigación criminal y persecución penal.
Para la emisión de certificaciones destinadas a fines laborales, el Registro Judicial cancelará los asientos de las personas sentenciadas una vez transcurridos 15 años desde el cumplimiento de la pena.
La iniciativa establece que la protección de estos datos del historial de trabajo es estricta. Prohíbe que la información borrada para las empresas sea compartida, transferida o expuesta en plataformas externas.
Cualquier funcionario que realice la divulgación o transferencia de los datos históricos protegidos incurrirá en una falta gravísima contra el deber de confidencialidad.
El castigo interno para el empleado público se ejecutará de manera independiente al avance de las investigaciones en los tribunales, y estipula que la sanción administrativa operará “sin perjuicio de las responsabilidades penales” que fijen los jueces.
