En Costa Rica, es habitual que las personas en mora y terceros (familiares y contactos en lugares de trabajo) reciban llamadas de cobro. Ante la persistencia de esta práctica, la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) adoptó una serie de normas para regular estas gestiones y reducir los abusos que afectan a terceros sin relación con los créditos.
La medida responde al volumen de denuncias atendidas en los últimos cinco años. De acuerdo con la entidad, desde 2021 se determinaron, mediante resoluciones en firme, al menos 77 casos vinculados a comunicaciones de cobro dirigidas a personas ajenas a la deuda original.
“Es reiterativo en nuestro país que responsables de bases de datos estén haciendo comunicaciones de cobro a personas ajenas a la deuda, llamando a familiares, amistades o compañeros de trabajo de la persona deudora sin la autorización de estas personas”, afirmó David Rodríguez Suárez, director nacional de la Prodhab.
Rodríguez agregó, en el comunicado emitido por la Agencia, que estas prácticas no se pueden realizar y que la directriz incluye las medidas necesarias para detenerlas.

Nuevas obligaciones del sector financiero
Con la emisión de la directriz Prodhab-DIR-DN-001-2026, estas son las nuevas normas a las que están obligados los departamentos de cobro de entidades financieras:
—Únicamente podrán solicitarse los datos personales del titular de la operación crediticia.
—Cuando requieran incorporar información de terceras personas, deberán contar obligatoriamente con su consentimiento informado.
—Tienen prohibido enviar comunicaciones de cobro a quienes no posean una relación directa con la deuda y no hayan brindado autorización previa para ser contactados.
—Se restringe el uso de los datos de contacto laboral para efectuar las gestiones, a menos que exista una orden judicial en firme que lo avale.
—El responsable de la base de datos deberá ser fácilmente identificable en toda comunicación de cobro.
—Están obligadas a disponer de mecanismos eficaces para que las personas puedan ejercer sus derechos, amparados en la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos (8968).
Denuncias y sanciones
Los habitantes que consideren que el manejo de sus datos personales incumple con estas nuevas disposiciones tienen la potestad de presentar una denuncia formal ante la agencia estatal.
La Prodhab advirtió que podrá iniciar de oficio procedimientos de protección de derechos si detecta indicios de incumplimiento.
Asimismo, en los casos en los que se compruebe la reincidencia de estas prácticas indebidas, la entidad abrirá procedimientos sancionatorios ordinarios contra las firmas responsables.
La directriz de acatamiento obligatorio entrará en vigor al día siguiente de su publicación oficial en La Gaceta.
