La política de aranceles recíprocos del gobierno de Estados Unidos (EE. UU.) impactó de manera directa a más de 50 países, entre ellos Costa Rica con un 10%. Mientras Donald Trump continúa anunciando ajustes y prórrogas, los exportadores encuentran formas de disminuir la cobertura de gravamen.
La documentación de origen cobra relevancia entre los proveedores que ingresan a suelo estadounidense. El trámite consiste en una verificación de la trazabilidad del origen de los insumos que conforman el producto exportado; de esta manera se busca comprobar en qué proporción de los bienes contienen materias primas de EE. UU. y qué proporción corresponde a otros territorios.
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El arancel punitivo sobre Costa Rica aplica al valor total declarado en aduana y está exento sobre el porcentaje del bien que contiene al menos un 20% de materia prima de EE. UU. Es decir, si un equipo de transfusión de sangre tiene un valor de $1.000 y el 45% de su contenido es de origen estadounidense, el pago del arancel se calculará únicamente sobre el 55% restante.
Pero hacer uso de ese recurso de exoneración se torna difícil para las empresas manufactureras que ya tienen contratos con empresas fuera de EE. UU. Mientras tanto, el sector agrícola tiene pocas posibilidades de acceder a una exoneración debido a que las frutas, verduras y legumbres están producidas totalmente en Costa Rica; los agroquímicos utilizados, comentó Carolina Palma, líder de Comercio y Aduanas de EY, difícilmente representan un 20% o más del producto final.

Verificación de origen
La documentación que revela el origen del producto no es algo nuevo, aunque cada verificación traza criterios específicos. Los exportadores ya estaban sujetos a ese requisito a través del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (DR-Cafta).
Aún así, la dificultad que puede suponer la trazabilidad de las materias primas en el 100% de las exportaciones hizo que las autoridades aduaneras apliquen perfiles de riesgo para priorizar las revisiones cuando existe un TLC.
Ahora, la nueva verificación para los aranceles punitivos se traduce en más documentación y análisis de los productos por parte de los exportadores. “Sí representa un costo mayor para las empresas porque tienen que hacer el estudio, pero tienen que hacerlo solamente si quieren ahorrarse el 10%”, dijo Palma.
En el caso de un posible grado de exención en el impuesto recíproco las autoridades pueden solicitar la documentación que respalda la disminución de la tasa aduanera que se intenta aplicar. Esto se puede dar de manera aleatoria o repetitiva.
Así se aplica la exención
El arancel del 10% se aplicará en los siguientes escenarios:
- Bienes sin contenido de EE. UU.: pagan una tasa del 10% sobre el valor total declarado en aduana.
- Bienes con materia prima de EE. UU.: si el valor del bien cuenta con al menos un 20% de materiales de USA, solo se grava el valor restante.
- Bienes exportados para reparación o alteración. La Cámara de Exportadores (Cadexco) ejemplificó que si un artículo sale de EE. UU., y se reimporta tras reparación en Costa Rica, solamente se gravará el 10% sobre el costo de la reparación o alteración.
Cadexco aclaró que las exportaciones hacia EE. UU., tienen la particularidad de que las certificaciones de origen pueden ser emitidas tanto por el importador, como por el exportador o productor.
Costa Rica tiene una ventaja sobre otras naciones al contar con el DR-Cafta. Si bien es cierto que el libre comercio acordado con EE. UU. se ve opacado por los aranceles recíprocos, la existencia del acuerdo sigue vigente y brinda un poco de alivio frente a mercados que no cuentan con TLC.
El peor escenario para un exportador costarricense es pagar el 10% sobre el valor de las mercancías para ingresar a EE. UU. Mientras tanto, otros exportadores que no gozan de tratados con el país norteamericano tendrán que pagar el gravamen recíproco y el arancel que regularmente pagan por ingresar a dicho país -el cual varía según la partida arancelaria a la que pertenece el envío.
Jaime Morales, gerente de Aduanas y Comercio Exterior de Grant Thornton, comentó que el arancel adicional en los casos que no existen relaciones como el Cafta se traduce en un doble arancel. “Un probador de prótesis externa tiene un arancel general de importación de 3,1% y además deberá pagar el nuevo gravamen que como mínimo es de 10%, según el país”.
Si ese probador de prótesis tiene un valor de $1.000, significa que el arancel general es de $31 y adicionalmente $100 del nuevo gravamen impuesto por el gobierno de Trump. El total de impuestos será de $131, mientras que con el Cafta disminuye a solamente $100.
La autenticidad del origen se debe respaldar con comprobantes de compra que indique el país donde se produjo la materia prima o los componentes utilizados para crear el producto.

Reto para Costa Rica
El desafío para los productores nacionales no solo se concentra en ejecutar de manera minuciosa el listado del origen de las materias primas que integran los productos exportados, sino en la posibilidad de cambiar de suministros o proveedores de materiales.
Las empresas que quieran una exención del 100% al ingresar a EE. UU. deberán reconfigurar la cadena de valor de sus operaciones para asociarse en mayor medida con proveedores de origen estadounidense. De esta manera se cumple el objetivo del mandatario republicano: que los mercados dependan principalmente de la producción que se desarrolla dentro de su territorio.
Sin embargo, este reto aplica para los exportadores que quieran disminuir la carga arancelaria con el gran socio comercial del país. De lo contrario, pueden continuar la relación cumpliendo el pago del 10% adicional, o bien, fortalecer la presencia en otros mercados -lo cual supone un nuevo reto comercial para las empresas que están enfocadas en proveer a una sola nación.