Presentado por: Deloitte

La actualización del comprobante electrónico 4.4 en Costa Rica trae consigo 146 modificaciones que impactarán la manera en que los contribuyentes emiten y registran sus facturas, así como los procesos internos de las empresas. Inicialmente iba a entrar en vigencia el 1 de junio de 2025, pero ahora estos cambios serán obligatorios a partir del 1 de septiembre de 2025.
Estos ajustes buscan mejorar la lectura, trazabilidad y control de la información tributaria. De acuerdo con Deloitte, existen cinco rubros que muestran lo riguroso de estos cambios y el impacto que podrían tener en la población general, por lo que es fundamental que se tomen en cuenta a la hora de realizar sus respectivos trámites.
- La obligación de reportar medios de pagos electrónicos, incluidos los realizados por Sinpe Móvil y otras plataformas: Anteriormente, algunos pagos electrónicos no se registraban de manera detallada en la factura electrónica. Con esta nueva regulación, los contribuyentes deberán identificar mediante códigos, y de forma clara, estas formas de pago; este cambio permite tener un mayor control sobre las transacciones y brindar trazabilidad sobre cómo puede fluir el dinero que se cancela en las facturas. Además, la normativa indica que, si una factura se cancela con dos o más medios de pago, se debe reflejar el monto cancelado por cada tipo de pago.
- Nuevas regulaciones para la facturación de combos, surtidos y paquetes: Aplica para un negocio que ofrece productos en conjunto (surtido) bajo diferentes tarifas del impuesto al valor agregado (IVA). El contribuyente ahora deberá detallar por producto el precio, los descuentos e impuestos; este cambio, sin duda, podría generar impactos tanto para la empresa que comercializa el surtido como para la que lo compra para revenderlo. Si el contribuyente tiene este tipo de operación, es importante que la revise.
- Descuentos: La forma en que se aplican y reportan los descuentos también sufrirá cambios. Ahora será obligatorio indicar un código específico de descuento en la factura, el cual dará trazabilidad y le permitirá a la Autoridad Tributaria conocer la rebaja que se incluyó y como afectó la base impositiva. También será necesario que las empresas revisen sus políticas de descuento para evitar reportes incorrectos en los comprobantes electrónicos.
- Cambios en la factura electrónica de compra: Se establecen nuevas condiciones sobre el tipo de compras que pueden registrarse con este mecanismo y cómo deben justificarse ante la Administración Tributaria. La normativa es clara y señala que la emisión de esta factura electrónica procede cuando se realizan compras a contribuyentes del Régimen Simplificado; compras de servicios o bienes intangibles a empresas no domiciliadas en Costa Rica; compras a contribuyentes del Régimen Especial Agropecuario y compras que realicen los contribuyentes que estén en el Régimen de Bienes Usados.
- Implementación del recibo electrónico de pago: Este documento deberá presentarse cuando el contribuyente haya emitido, de manera previa, una factura a crédito para diferir el pago del IVA a 90 días, amparado al artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) (N° 6.826). Por lo tanto, cuando se refleje el pago de la factura, se emite el recibo electrónico de pago y se entera al fisco del IVA que el contribuyente debe cancelar; esta modificación genera grandes impactos para los reportes, los controles que llevan las empresas emisoras de los comprobantes y para las autoridades, ya que se da una mayor transparencia en las transacciones comerciales a crédito.
Bryan Mora, Socio de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte Costa Rica, explicó que “el nuevo esquema de validaciones puede generar rechazos automáticos si la información no es consistente, lo que obligará a los contribuyentes a tener un mayor control sobre sus documentos electrónicos. Además, el obligado debe de velar que la información que se incorpore en la factura electrónica refleje adecuadamente la transacción que se esté realizando”.

Desafíos
La implementación de estas modificaciones genera retos para diversos sectores. Uno de los principales es la imposibilidad de corregir errores sin emitir un nuevo comprobante electrónico.
“El sistema no permite realizar ajustes sobre una factura ya emitida, sino que obliga a anularla y generar un nuevo documento, lo que puede afectar la operativa de muchas empresas en diferentes transacciones”, señaló Mora.
Otro punto de discusión ha sido la fiscalización en tiempo real. “Las autoridades tributarias tendrán acceso inmediato a las transacciones y con un mayor nivel de detalle, lo que incrementa la posibilidad de que se realicen revisiones con análisis de datos, y algo muy importante es que se pueden generar diferencias si el contribuyente no realiza correctamente los comprobantes. Sin duda este 2025 viene con grandes cambios en los sistemas para la gestión tributaria, lo que requiere una mayor concentración, adaptación y planificación del contribuyente”, agregó Mora.
Perspectivas y próximos pasos
Mora señaló que “las empresas deben revisar sus sistemas de facturación, su nivel transaccional y asegurarse de que cumplan con los nuevos requisitos antes de la fecha de implementación”. Asimismo, advirtió que la capacitación del personal será clave para evitar errores que puedan derivar en sanciones.
A medida que se acerca la fecha de entrada en vigencia, los contribuyentes deberán ajustar sus procesos para cumplir con la nueva normativa y evitar inconvenientes con la validación de los comprobantes electrónicos. Es importante destacar que la autoridad fiscal valida la confección de la estructura del archivo XML (factura electrónica), pero el contribuyente es el responsable no solo confeccionarlo bien, si no también de suministrar la información que esté acorde a sus operaciones.

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